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Artigo

Paliares

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Moura · Portugal Correspondência · Romano

Paliares 22 de octuvre 1879. Sor director del Periodico Bejense. Muy sor mio: la contestacion que D. Luis Orta diera en su periodico n.º 979 a los hechos que en el n.º 975 tuve a bien publicar, me hacen suplicarle se sirva dar cavida en su ilustrado Periodico a las siguientes lineas. El sôr D. Luis Orta dice, que solo escitado fuertemente su espiritu por el amor filial, pudiera ocuparze de contestar ami indigno comunicado. Io que me honrro con el caracter de Padre de familia aprecio y doy estimacion a sentimentos que tan lo le ennoblecen. Loor al sôr D. Luis Orta, por la fama que se ha creado! Ruegole á tan digno sôr, me permita la censura que merece su escrito. D. Luis escucha y responde! No saveis D. Luis, que hay tribunales para los que mal se conducen y siembran esa infame semilla como le llamais? I tu D. Luis, que tan buen hijo heres! Porque no cooperais á que la cuchilla de la ley castigue con mano fuerte al que le infamara? D. Luis, cuando asi no lo hagais, algo temo, y contra riase la modestia urbanidad conque cierra su escrito. (Ni teme ni deve el que suscribe: Luis de Orta.) Io que diametralmente opuesto á la opinion de su sôr Padre, como tan dignamente se explica en su primer parrapho, lo diré á D. Luis: Que temo y devo, y que divendo me honrro con esos titulos, si bien son pergaminos, que ofresco gratuitamente al sôr D. Luis, asi como temo, exponerme á incurrir en faltas que mereciesen el desagrado de los hombres de bien, á cuya clase pertenezco. Queda probado y confeso, que temo e devo, pero que no temo, para dejar de sostener con toda fuerza mi dignidad y decirle á D. Luis Orta: Niegole capacidad e ilustracion para censurar causas que ni todos saven distinguir ni apreciar y que me affirmo y ratifico en todas sus partes, en los hechos que dejo denunciados al publico en este periodico Bejense n.º 975. El sôr D. Luis, con el descaro y arrogancia que naturaleza concede a esos seres privilegiados, Que ni temen ni deven! Apellida de calumniadora e infame mi correspondencia y dice francamente en su tercer parrapho: Es falso que el sôr Caballero desposeyese ami sôr Padre de la heredad de Paliares y de toda falsedad que huviesse faltado a sus pagos. Bien por D. Luis, que tan atentamente se explica! Los hechos denunciados, son de aquellos que rebajan la dignidad del hombre y mientras la justicia impune severo castigo al infame perturbador, permítaseme le pregunte a D. Luis: Han sido autorizadas por el consentimiento de su sôr Padre, las lineas que inscribe en el periodico Bejense n.º 979, o son acaso, consecuencias del hombre que ni teme ni deve? Contesta D. Luis, y no abandone al silencio causas que puedan interesar a esas escitaciones, por quien tan fuertemente se conmueve su espiritu, y tenga presente aquello: del enemigo el consejo. Pendiente de la respuesta que espero de D. Luis, solo me concretaré por hoy, á los esclarecimientos que dicho sôr alega para enjuiciar sus Protestos. Atencion señores asignatarios: D. Luis, ese D. Luis Orta que ni teme ni deve, asegura en su veridico comunicado: Que me protesto la letra que vencio en 30 de agosto del año anterior, por ser muy moroso el sôr Caballero en sus pagos y por ser pagadera en Moura. Pagadera en Moura! aun todavia insistis D. Luis! No recuerda una historia titulada: La Dama del guante negro! Conque tambien protesto D. Luis la letra del año anterior? Tal vez un dia! Quien sabe! observemos que D. Luis salga Protestando contra la fé católica apostólica Romana! y quando esto sucediesse, Podremos llamarle el Protestante? Pero pasemos á lo ocurrido en Aldeanova el 30 de agosto del año anterior de 1878. El 30 de agosto del referido año 1878 mandé con mi feitor Juzé Baliente del Soveral 15000 reales para pago da dicha letra, quien acompañado de los señores Manuel Evangelista hijo y Francisco Carrasco se presentaron á las 11 de dicho dia y entregaron los 15000 reales a D. Antonio Orta por canjeo de la letra, quien en lugar de esta, dio a mi feitor un mal redactavo recivo que sin fecha (aun conservo) entendeis? sin fecha! D. Antonio Orta recivio á las 11 del dia 30 de agosto de 1878 (dia del vencimiento de la letra) los 15 mil reales por mano de mi feitor y en presencia de los señores Manuel y Francisco que le acompañaran. Preciso hacer presente, que en esa ocasion hayandome enfermo, en mi morada havitacion de Cortegana recomendé el pago a mi citado feitor, quien equivocadamente, en lugar de 15120 reales importe de la letra, se presentó solo con 15000 reales, quedando saldada esta equivocacion por la generosidad del sôr Evangelista que ofreció (y aceptó D. Antonio) garantir dicha cantidad de 120 reales o sea la de 5$520 reis, talvedad que me eximirá de los temores de la legislatura de D. Luiz. Queda explicado lo ocurrido en las dos letras que segun D. Luis me ha protestado y pasemos á las siguientes que nos dará a conocer la morosidad del sôr Caballero, como oportunamente dice: El hombre que ni teme ni deve. D. Luiz, no quiero desmentirle porque temo y sobre todo enojar su colera, pero aun que nada temera se resiste y opone mi educacion y patriotismo. Pero D. Luiz, escucheme y ponga atencion! Todas las letras han sido pagadas por conducto de su tio D. Manuel Evangelista. A él y no á mi alcanzan sus acusaciones. El que responda! Amigo Evangelista, lea el periodico Bejense n.º 879; El le infama! Por él se informará que su sobrino D. Luiz Orta, condena de morosidad el pago de las letras que por mediacion de v. de aceptara a su sôr padre. D. Luiz Orta, con la lealtad de todo un caballero, en alta voz diga: la morosidad que ha usado en todos sus pagos el sôr Caballero, me han hecho protestar sus letras y yo con más timidez y menos arrogancia agrego: para el dia de su vencimiento y con toda oportunidad tengo habilitado a D. Manuel Evangelista con fundos bastantes para pago de las letras por mi aceptadas a D. Antonio Orta. Valia todo por Dios y una cruz, amigo Evangelista! Cuando en el periodico Bejense no lea suscrito por V. la ingenua declaracion de los hechos denunciados, hu silencio me autorizará para decir: D. Manuel Evangelista de Aldea Nova ha distraido intereses agenos en distinta aplicacion de la que le autorizaran. Concluiré por hacer publico: Que la formalidad y claro proceder de D. Manuel Evangelista, me honrará en inscribirle en el n.º de mis buenos amigos. Espero con ansiedad la respuesta de D. Manuel y la del sôr D. Luiz suplicandole a este sôr tenga un mes de sufrimiento, que yo le aseguro haré constar los esclarecimientos en terminos que nada le quedará que desear. Se repite al atento SS Q B S M Juzé Caballero Romero.